Servicio Público Esencial: En Educación ¿Se puede? ¿Se debe? Para analizar juntos
En medio del conflicto educativo que mantiene en vilo a la Provincia de Buenos Aires en los últimos 8 días y que complicó el comienzo lectivo 2014 en esa provincia, Gabriel Mariotto, el vicegobernador, elaboró y presentó un proyecto de ley que declara a la Educación un “Servicio Público Esencial”. La idea: ponerle fin al conflicto.
Como veremos no es un tema estrictamente educativo. Más bien forma parte de la agenda que se debate en la esfera del Derecho, más precisamente del Derecho Laboral.
Pero ¿qué es un servicio público esencial”? ¿No estaremos forzando el concepto para hacerlo entrar en Educación? ¿Es posible aplicarlo al ámbito educativo? En principio hay que decir que más allá de la pomposidad del título “Servicio Público Esencial” en la práctica lo que se obtiene al aplicar a una actividad el concepto es el hecho de que se regula el derecho a huelga de los trabajadores de esa actividad. ¿Se podrá con Educación?
Intentaremos pensarlo juntos. Tomando conceptos, alcances y consecuencias del concepto le propongo al lector que piense conmigo su aplicación al ámbito educativo.
La huelga no es un derecho absoluto. Tiene determinados límites entre los cuales existe un reconocimiento unánime por los llamados “servicios esenciales” que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha definido como prestaciones vitales para la comunidad cuya interrupción puede poner en peligro la vida, la seguridad o la salud de las personas.
Una fácil definición que toma en cuenta derechos de terceros cuya intensidad jurídica lleva a postergar la tutela colectiva que se expresa en la huelga. Así los servicios esenciales se definen en relación a la naturaleza de los derechos o bienes de las personas que resultarían gravemente perjudicados por su falta de prestación, siendo ajeno a la personalidad jurídica o titularidad de la entidad que los presta. Entonces, un servicio es esencial no porque lo preste una entidad del Estado, una empresa pública o una empresa privada, sino porque su suspensión afecta a los derechos fundamentales a la vida, la salud o la seguridad. Por tanto, no todo servicio público es esencial y que hay servicios prestados por entidades privadas (una clínica de salud, por ejemplo), que ingresan perfectamente en el concepto.
Hay que señalar que hay ciertas actividades que en origen no pueden ser calificadas como esenciales, pero si se plantea una huelga muy prolongada pueden devenir en esenciales. El caso, por ejemplo, del servicio de recolección de basura: si se paraliza por 24 o 48 horas no significa un peligro para la vida o la salud que justifique limitar el ejercicio del derecho de huelga, pero si se prolonga 15 días el tema es otro.
Ahora bien, pensado y definido si aplica o no entramos en el punto del alcance del límite que puede imponerse al ejercicio del derecho de huelga en un servicio esencial. Y este punto es materia de análisis internacional. El Comité de Libertad Sindical de la OIT ha señalado que estas limitaciones pueden ir desde la prohibición total de huelga hasta la imposición de un servicio mínimo que impida que durante la paralización de labores se afecten los bienes tutelados. En el primer caso, la prohibición de la huelga, debe venir acompañada de garantías apropiadas consistentes en procedimientos de conciliación y arbitraje imparciales y rápidos en que los interesados puedan participar en todas las etapas y en los que los laudos dictados deban ser aplicados por completo y rápidamente. Se trata, pues, en general de la imposición de mecanismos alternativos de solución de conflictos que den una solución rápida, imparcial y de cumplimiento efectivo. En el segundo caso, los servicios mínimos se plantean como una solución sustitutiva de la prohibición, aunque también están permitidos para los servicios no esenciales que por huelgas de cierta extensión podrían provocar una situación de crisis aguda. Como su nombre indica, el alcance de los servicios mínimos no puede llevar a que todos los trabajadores involucrados tengan que prestar servicios o que las actividades afectadas por la huelga tengan que llevarse a cabo con normalidad. De lo que se trata es que no se suspendan los servicios que puedan afectar directamente los valores tutelados.
Escrito y leído hasta acá ¿Puede entonces considerarse servicio esencial a la educación? Queda claro entonces que primero habría que analizar si Educación aplica o no al concepto de servicio esencial y resuelto esto por la norma que creamos conveniente, definir cuál el formato en que los trabajadores podrán reclamar por sus derechos.
Si el caso fuera el de la prohibición explícita de la huelga el Comité de Libertad Sindical ha señalado que en la determinación como servicio esencial deben participar no sólo las autoridades públicas sino también las organizaciones de trabajadores y de empleadores interesadas. En el caso de los docentes, nuestro caso, existe un punto adicional: autoridades y empleadores son la misma persona. Sin dudas habría que buscar mecanismos institucionales independientes del Poder Ejecutivo que pudiera trabajar desde la imparcialidad y la autonomía formas de resolución de los conflictos suscitados entre patronal (Estado) y los docentes… Algo de eso viene gestándose pero lamentablemente el ejecutivo provincial no le ha puesto hasta el momento la energía para consagrarlo…
Pasando a la definición de servicios mínimos la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT ha señalado con precisión que éstos deben satisfacer por lo menos dos condiciones. La primera y como aspecto de mayor importancia, debe tratarse real y exclusivamente de un servicio mínimo:, un servicio limitado a las actividades estrictamente necesarias para cubrir las necesidades básicas de la población o satisfacer las exigencias mínimas del servicio, sin menoscabar la eficacia de los medios de presión. En segundo lugar, dado que este sistema limita uno de los medios de presión esenciales de que disponen los trabajadores para defender sus intereses económicos y sociales, sus organizaciones deberían poder participar, si lo desean, en la definición de este servicio, de igual modo que los empleadores y las autoridades públicas. Un punto, según esta Comisión de Expertos y para tener en cuenta en nuestro caso particular: sería sumamente conveniente que las negociaciones sobre la definición y la organización del servicio mínimo no se celebraran durante el desarrollo de un conflicto de trabajo o salarial, a fin de que las partes interesadas pudieran negociar con la perspectiva y la serenidad necesarias. Algo para tener en cuenta ya que en Argentina hemos naturalizado lo contrario…
Como vemos no son pocos los elementos que hay que tener en cuenta para declarar “servicio público esencial” a la Educación. Dicho todo lo anterior debo reconocer que me cuesta sobremanera aplicarle el concepto de “servicio esencial”. En principio me cuesta ya que aplicando la definición de servicio esencial, más allá de pensar a la educación como un derecho humano, no encuentro a corto y mediano plazo cómo justificar la medida a partir de los elementos que trae la propia definición como son poner en peligro vida, seguridad o salud de las personas. No me cabe la menor duda que la educación de niños, jóvenes y adultos es algo que debiéramos cuidar, proteger, pero quiero dejar en claro que acá el problema lo tengo con la definición de "servicio esencial” y no con el lugar que le otorgo a lo educativo en la vida de un ser humano, en la vida de una sociedad… Por otro lado, llegado al momento de pensar en la regulación del derecho a huelga y el concepto de “guardias mínimas” no veo la forma en que esto pueda ser resuelto en el ámbito educativo. ¿Maestros por turnos durante los paros para hacerse cargo de toda una escuela? Pongámosle, ¿un maestro cada X número de alumnos? No lo veo. O en todo caso, lo veo pero complicado… Alguien ayer ante este planteo me decía: “podría pensarse en un mínimo de días de clases por año”. Pero, ¿no es más o menos lo que ya venimos haciendo? Parece más fácil cuando hablamos de médicos o policías (aunque recordemos los sucesos de los últimos tiempos en Córdoba) pero se me complica con Educación. Sin dudas es un tema difícil. Lo cierto es que tampoco en Educación puede haber paro por tiempo indeterminado o la recurrente medida de no comienzo de clases en cada nuevo ciclo lectivo. Algo un poco más creativo que lo hecho hasta estas fechas habrá que hacer... Nuestras jóvenes generaciones necesitan educarse, bien, con calidad y en la escuela pública, si ese es el deseo de las familias… ¿Quién puede estar en contra? Creo que ni los docentes que paran están en contra de esto...
Dos elementos adicionales que pueden generar alguna preocupación en este caso puntual del proyecto del Gobierno provincial bonaerense. La primera es que habiendo circulado lo que podría ser una fundamentación, fuertemente basada en el derecho a la Educación, no ha habido ninguna propuesta más allá del concepto de “servicio público esencial” para poder analizar. Imagino que en su parte resolutiva el proyecto contemplará soluciones a varias de las incógnitas planteadas en esta nota. En especial en cómo regular la huelga docente... La segunda, un poco más preocupante todavía, es un elemento que cita la propia fundamentación del proyecto: el artículo 18 de la Ley provincial N° 13552 de Negociaciones Colectivas Docentes del año 2006 deja expresamente definido que la Educación no puede ser considerada como servicio esencial, ni puede limitarse el derecho de huelga de los docentes. En este caso imagino que el propio Ejecutivo impulsará conjuntamente la derogación de ese artículo. El no hacerlo provocaría en el marco de una “inflación legislativa” la imposibilidad de poner en práctica cualquier propuesta que se aprobara. Y si definitivamente no lo hace temo que este anuncio del Vicegobernador haya sido sólo para presionar a los gremios y no como una medida de fondo para pensar el problema a largo plazo... ¿Instalación del debate por convicción o sólo por táctica? Pero eso ya es otro tema…
Extraordinaria reflexión, aprendí mucho leyéndola.
ResponderEliminarMuy bueno. Hay que contrastar, pero el camino difícil ya estáhecho. Gracias Flavio.
ResponderEliminarFelicitaciones Flavio, has aclarado dudas q surgian a partir de estos dichos de Mariotto, y temia preguntar...Gracias, felicitaciones x tu blog! segui adelante!!!
ResponderEliminarExcelente las aclaraciones, a mi en lo personal me sirvieron y x cierto me resultaron mas entendibles q las de la TV. Felicitaciones nuevamente y segui adelante!!!
ResponderEliminarHay q pensar q no siempre estará este gobierno .El paro es una herramienta q costó muchas luchas
ResponderEliminarHabría q poner límite tal vez temporal pero no sé Buenísimo q se reflexione
Muy bueno tu artículo .Es necesario que se difunda para que las partes, incluidos los alumnos y sus padres reflexionen sobre sus alcances y peticionen ante quién corresponda . Una cosa más... los sueldos de web los maestros y profesores están muy lejos de ser justos y en el conflicto sólo buscan ajustar los actuales en parte para acomodarse a la inflación que el gobierno nacional supo conseguir.
ResponderEliminarMuy claro el razonamiento y el encuadre de la cuestión, sin embargo, dado el estado de crisis de los educandos, cuyo nivel no les permite razonar y comprender ciertas lecturas, como algo básico, creo que la circunstancia especial por la que atraviesa el rubro, tal vez amerite transformar la educación en un servicio escencial, sobre todo teniendo en cuenta que se necesita cada vez más ciudadanos educados con buen nivel para los años a llegar, rebosantes de tecnología, y desafíos a vencer.-
ResponderEliminarExcelente tu manera de invitarnos a pensar en verdad el sentido de la Educación (o el sin sentido de encerrarla en un concepto de servicio especial). Creo que la esencia es eso que sirve como voz propia si la escuchamos; que el servicio es brindar lo mejor para quien está recibiendo; que lo público es de quienes validan lo privado de la esencia. En definitiva: en casa me educaron mis padres; en la escuela me brindaron conocimientos e invitaron/motivaron a seguir queriendo conocer y saber más; y mi esencia se ha ido imponiendo públicamente en el ser que voy siendo.
ResponderEliminarUn abrazo
Muy interesante!!! Gracias Flavio
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